Estatuto de autonomã­a de la comunidad de madrid

Comunidad autónoma

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha presentado hoy la adaptación del Estatuto de Autonomía de la región a la lectura fácil, coincidiendo con el 38 aniversario del texto normativo. “Hoy empezamos a romper una barrera invisible que impedía a muchos madrileños conocer el sistema normativo por el que se rige nuestra sociedad”, ha dicho.

Esta adaptación se enmarca en la firma del convenio de colaboración suscrito hoy en la Real Casa de Correos por la presidenta regional y el presidente de Plena Institución Madrid, Mariano Casado, por el que esta entidad sin ánimo de lucro se compromete a realizar los trabajos de adaptación de estos textos de especial interés. Para ello, empleará a personal con formación y experiencia en adaptaciones a la lectura fácil, incluyendo a personas con discapacidad intelectual formadas como validadores de este tipo de documentos.

“Con este convenio acercamos la información pública, las leyes, los reglamentos y los documentos de interés a las cerca de 32.000 personas con discapacidad intelectual o problemas de comprensión que viven en la Comunidad de Madrid”, ha afirmado Díaz Ayuso, quien ha destacado que, a partir de hoy y gracias a este acuerdo, “la Ley es ya accesible para todos”.

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Independencia de Cataluña

En España, una comunidad autónoma es la división política y administrativa de primer nivel, creada de acuerdo con la Constitución Española de 1978, con el objetivo de garantizar una autonomía limitada de las nacionalidades y regiones que componen España[1][2][3].

España no es una federación, sino un país unitario descentralizado[4][5].[1] Si bien la soberanía recae en la nación en su conjunto, representada en las instituciones centrales de gobierno, la nación ha transferido, en grados variables, el poder a las comunidades, las cuales, a su vez, ejercen su derecho de autogobierno dentro de los límites establecidos en la constitución y en sus estatutos de autonomía[1] Cada comunidad tiene su propio conjunto de competencias transferidas; normalmente, aquellas comunidades con un nacionalismo local más fuerte tienen más competencias, y este tipo de transferencia se ha denominado asimétrica. Algunos estudiosos se han referido al sistema resultante como un sistema federal en todo menos en el nombre, o una “federación sin federalismo”[6].

Provincias de España

El autor agradece a la profesora Ana Mercedes López Rodríguez, Directora del Departamento de Derecho y Profesora Titular de Derecho Privado de la Universidad Loyola Andalucía, sus útiles sugerencias.

La Guerra de la Independencia suscitó un nuevo sentimiento de nacionalismo español e impulsó un esfuerzo por acabar con la monarquía absoluta del país. En 1810, las Cortes se reunieron en la ciudad de Cádiz para abordar la situación política del país y redactar la primera Constitución de España (la “Constitución de Cádiz”). Entre otras estipulaciones, la Constitución de Cádiz (aprobada el 19 de marzo de 1812) exigía la codificación del derecho privado español[3] Sin embargo, la larga tradición de derecho foral del país dificultó los intentos de crear un código civil unificado; hasta 1889 no entró en vigor el primer código civil español[4]. [Este código, muy influenciado por el Código Napoleón de Francia, “sistematizó el derecho civil español preservando el uso de las leyes forales”[5] Aunque fue modificado y reformado a lo largo de los años, el código civil de 1889 sigue vigente.

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Cataluña

España está dividida en 17 Comunidades Autónomas, cada una con su propio Parlamento y Gobierno. Aunque la Constitución española define a España como unitaria e indisoluble, también reconoce y garantiza el principio de autonomía de las nacionalidades y de las regiones españolas.

En España, la Cámara Legislativa o Parlamento (Cortes Generales) ejerce el poder legislativo. Sus dos cámaras -el Congreso de los Diputados (la cámara baja) y el Senado (la cámara alta)- son elegidas por el pueblo y aprueban las principales leyes.

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Sin embargo, algunas áreas del derecho son competencia de las comunidades autónomas. Cada comunidad tiene su propio conjunto de competencias transferidas; normalmente las comunidades con un nacionalismo local más fuerte tienen más competencias. Las competencias se recogen en sus propias leyes orgánicas, conocidas como Estatutos de Autonomía.

Por regla general, las competencias de las Comunidades Autónomas se extienden a todas las materias no atribuidas al Estado por la Constitución, así como al desarrollo legislativo y a la aplicación de la legislación básica y de la legislación estatal.

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